SOAT
El SOAT es un seguro obligatorio establecido por Ley con un fin netamente social. Su objetivo es asegurar la atención, de manera inmediata e incondicional, de las víctimas de accidentes de tránsito que sufren lesiones corporales y muerte.
COBERTURAS
Cubre los siguientes riesgos por cada persona, ocupante o tercero no ocupante de un vehículo automotor asegurado:
Muerte c/u Cuatro (4) UIT
Invalidez permanente c/u hasta Cuatro (4) UIT
Incapacidad temporal c/u hasta Una (1) UIT
Gastos Médicos c/u hasta Cinco (5) UIT
Gastos de sepelio c/u hasta Una (1) UIT
(*) El valor de la UIT (Unidad Impositiva Tributaria) será el que corresponda a la del año en que ocurrió el Accidente de Tránsito.
REQUISITOS PARA COTIZAR
PLACA
MARCA
MODELO
AÑO DE FABRICACIÓN
USO DE LA UNIDAD
